Páginas

Los autónomos tienen hasta el 1 de julio para elevar su base de cotización

Mañana 30 de junio de 2011 es el último día que tienen miles de autónomos para decidir qué pensión quieren cobrar una vez que se jubilen. Concretamente, el plazo afecta a aquéllos que tienen 48 y 49 años, ya que a partir del próximo viernes, 1 de julio, para ellos se abre el periodo de cotización que determinará cuál es la cuantía a percibir una vez se retiren de su actividad profesional. Es decir, que de la base de cotización que elijan antes del viernes dependerá el importe de sus pensiones.

La medida afecta a cientos de miles de autónomos —según los registros de Upta, existen 473.233 profesionales por cuenta propia entre 45 y 49 años—, y supone un ultimátum a este colectivo. Pero, ¿qué es lo que representa exactamente? Actualmente "el 8% de los autónomos cotiza por la base mínima, de 850 euros", según desglosa Sebastián Reyna, secretario general de Upta. Según datos del Ministerio de Trabajo e Inmigración, a partir de los 50 años tan sólo el 30% de estos decide cotizar por una base superior. Esto significa que el 70% del colectivo que no cambie este límite se jubilaría con una pensión en torno a los 950 euros al mes, de acuerdo con una simulación realizada por el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Galicia.
"Hay mucho desconocimiento por parte de los autónomos sobre esta situación", arguye Rosa López, miembro de la junta general de este órgano, quien advierte de la necesidad de elevar esta base "pensando en el futuro. Porque la pensión no sólo afecta a la jubilación, sino a cualquier otra contingencia, como una lesión que lleve a dejar de trabajar".
Tanto en Upta como en Ata y Opa, las tres patronales de los trabajadores por cuenta propia, se recomienda a los afectados que eleven su base de cotización antes del jueves, para así "evitar imprevistos", advierte Rosario Moreno-Opo, asesora jurídica de Ata.
"Imaginemos que un autónomo decide mantener su base en ese mínimo de 850 euros", pone como ejemplo esta experta: "Si el año que viene sus ingresos se elevan y decide cotizar por una cuantía superior para percibir una pensión mayor, no podrá hacerlo. Pero si sube su cotización antes de que acabe este mes por encima de los 1.682,70 euros, luego podrá modificarlo y rebajar esta cantidad si en dos años su situación cambia".
Esta cantidad es el límite que figura en la normativa, la misma que reza que a partir del 1 de julio, quienes estén cotizando por una base inferior a 1.665,70 euros, ya no la podrán incrementar por encima de 1.672,60 euros.
En el ejemplo orientativo que proponen las gestorías gallegas, un autónomo de 48 años que decida cotizar por la base incrementada de 1.682,70 euros desde el 1 de julio, recibiría una pensión de jubilación a los 65 de 1.870 euros mensuales. "Cotizar por el mínimo es un problema más de mentalidad que de presupuesto, porque no se piensa en el futuro", advierte Camilo Abiétar, presidente de Opa, quien describe cómo "en ocasiones se da la paradoja de que los autónomos con un empleado a su cargo pagan a la Seguridad Social más dinero por las prestaciones de este trabajador de lo que destinan ellos mismos a las cotizaciones para su jubilación. El autónomo debe cotizar, al menos, por el mínimo que cotiza por su trabajador".